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Revista Semilleros
2020-02-17T17:16:15+00:00
Magda Isabel Quintero Pérez
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Revista de Derecho Procesal Contemporáneo - Semilleros de Derecho Procesal
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RELATIVIZACIÓN DE LA COSA JUZGADA, COMO TAREA DE LA JEP FRENTE AL RETO DE RESPONSABILIDADES: AGENTES INVISIBLES VS VÃCTIMAS
2020-02-17T17:15:21+00:00
Jessica Milena Diagama Amador
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MarÃa Alejandra Morris Porras
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Julián David Pardo Castro
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Karen Lisette Vargas Criado
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<p>Se tiene como objetivo demostrar la necesidad de asegurar la concurrencia de todos los involucrados que de forma directa o indirecta participaron en el conflicto armado colombiano (agentes del Estado y terceros) en la novedosa Jurisdicción Especial para la Paz con la finalidad de garantizar una reparación integral a las vÃctimas y fortalecer dicha justicia transicional, asà mismo para asegurar el cumplimiento de lo establecido en los tratados internacionales ratificados por Colombia. Obteniendo reflexiones sobre las herramientas jurÃdicas aplicables y necesarias para la consecución de este objetivo y todo esto desde un análisis doctrinal y jurisprudencial, que muestra los puntos clave que no solo fortalecen nuestra propuesta sino que también podrÃan llegar a ser de fundamento para una eventual revisión de este anómalo mecanismo para impartir verdadera justicia en nuestro paÃs.</p>
2020-02-17T00:00:00+00:00
Derechos de autor 2020 Revista Semilleros
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FRAGMENTACIÓN DE LA COSA JUZGADA RESPECTO A LA RESPONSABILIDAD DEL SUPERIOR ANTE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ: ESTATUTO DE ROMA FRENTE A LA RESPONSABILIDAD PENAL E INTERNACIONAL POR “FALSOS POSITIVOSâ€
2020-02-17T17:16:15+00:00
Ãngela Daniela Torres Gutiérrez
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Laura Lorena Ardila Ãvila
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Valeria Carolina Suarez Sosa
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La cosa juzgada es una institución jurÃdico procesal que confiere a las sentencias o providencias expedidas por un juez o autoridad competente el carácter de inmutables, vinculantes y definitivas. En la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) se busca proteger esta institución mediante los principios de seguridad jurÃdica, debido proceso y estabilidad, eficacia y cumplimiento de las resoluciones y sentencias, entre otros; sin embargo, la cosa juzgada se ve fragmentada en este modelo de justicia transicional. Al hacer una lectura del artÃculo 24 transitorio del Acto Legislativo 01 de 2017:“Por medio del cual se crea un tÃtulo de disposiciones transitorias de la constitución para la terminación del conflicto armado y la construcción de una paz estable y duradera y se dictan otras disposicionesâ€, que versa sobre responsabilidad del superior de la Fuerza Pública, y compararlo con el artÃculo 28 del Estatuto de Roma, es ostensible que el primero entra en contravención con el segundo arriesgando asà la cosa juzgada. De esta manera lo ha determinado la fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI), Fatou Bensouda, quien además de haber expresado su ánimo de que el Estado cumpla con la responsabilidad internacional de acatar los mandatos establecidos en el Estatuto de Roma, también manifestó su intención de iniciar investigaciones en contra de los altos mandos militares que estuvieren presuntamente involucrados en casos de ejecuciones extrajudiciales; del mismo modo, denotó que el artÃculo 24 transitorio era impotente para determinar la responsabilidad de los altos mandos de la Fuerza Pública en estos hechos. Basándose en lo anterior, es factible que, de proferir sentencias absolutorias a la luz del artÃculo 24 transitorio, Bensouda decidiera iniciar de oficio una investigación en contra de los procesados y, posteriormente, a la luz del artÃculo 20 del Estatuto de Roma –que faculta a la CPI para iniciar un proceso en contra de alguien que ya hubiere sido juzgado si considera que el proceso no fue imparcial u obedecÃa al ánimo de sustraer al procesado de responsabilidad-, se iniciare un proceso en contra de ellos rompiendo asà la cosa juzgada que la JEP busca garantizarle a los procesados.
2020-02-17T00:00:00+00:00
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